jueves, 29 de mayo de 2014

Sobre las Redes Sociales en el centro y Política de uso


En el momento de introducir las redes sociales en el funcionamiento normal del centro educativo, dicha implantación ha de ir acompañada de una guía de política de uso por la comunidad educativa. Algunos de los puntos básicos que debe contemplar dicha guía son los siguientes:

  1. El principal objetivo en el empleo de las redes sociales será la mejora de la calidad de la enseñanza, y así, la comunidad educativa y principalmente los alumnos las usarán siempre con fines educativos.
  2. El centro deberá crear una comisión, a ser posible que represente a todos los públicos de la comunidad educativa y en especial al alumnado. Esta comisión será la encargada de establecer la estrategia de comunicación digital, y de establecer protocolos de actuación para la detección de anomalías y recepción de sugerencias.
  3. Dicha comisión también canalizará las posibles denuncias sobre actos que pudieran cometerse en los espacios digitales del centro a cualquier usuario, poniendo especial atención a los malos usos en que los alumnos se vean implicados como infractores o como sufridores del acto.
  4. Será imprescindible transmitir al alumnado, y al resto de la comunidad educativa que los espacios digitales se rigen por las mismas normas de respeto y convivencia que rigen los espacios físicos, lo que implica que los internautas cumplirán dichas normas de convivencia, así como aquellas que se publiquen y que afecten únicamente a los espacios digitales, para lo que se tendrá en cuenta la “Netiqueta”. En cualquier caso, se respetará la Ley de Protección de Datos vigente.
  5. La creación de sitios o grupos públicos o privados será decisión del creador, pero estará sujeto a la supervisión de la comisión. En cualquier caso los participantes tendrán la oportunidad de defender sus propuestas ante la comisión.
  6. Desde la comisión, la Dirección del centro y el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica (ETCP) se promocionarán los diferentes espacios digitales, y se proporcionarán medios para formación sobre los mecanismos de funcionamiento, en especial a aquellos que prioricen la colaboración en equipo y/o el desarrollo del PLE.
  7. Todos los miembros de la comunidad educativa podrán hacer uso de sus dispositivos electrónicos móviles en los espacios físicos del centro, siempre que su uso responda al objetivo principal indicado en el punto 1: es decir, siempre que se usen con fines educativos o de mejora de la calidad de la enseñanza. En el caso del alumnado, su uso durante las horas lectivas se realizará siempre a bajo la supervisión del profesorado del que dependa. Es decir: durante las clases, el profesorado decide si el uso de las tecnologías electrónicas es pertinente o no (el alumnado puede sugerir al profesorado el uso de las mismas, pero aceptar la negativa del docente). Se evitará el uso de dichos dispositivos en los pasillos y los cambios de clase: así evitaremos tropiezos, caídas, y retrasos. Se recuerda que el uso de los dispositivos debe respetar el Reglamento de Régimen Interno, así como la Ley de Protección de Datos.
  8. Cada persona es responsable del cuidado e integridad de sus dispositivos electrónicos así como de su mantenimiento y actualización.  Del mismo modo, ni el centro ni el profesorado podrá exigir a otro miembro de la comunidad educativa que haga uso de sus dispositivos electrónicos, ni que los adquiera (no podrá ser una condición para subir nota o aprobar).
  9. Ningún miembro de la comunidad educativa podrá usar el nombre ni imagen corporativa del centro para crear sitios en la red o perfiles en redes sociales sin previo consentimiento de la comisión. Para solicitar su uso, se deberá justificar y argumentar por escrito la intención del miembro interesado.
  10. En diferentes espacios digitales y físicos del centro se incorporaran buzones de sugerencias para que los miembros de la comunidad educativa puedan dirigirse de manera anónima a la CSD. La CSD tendrá en cuenta estas sugerencias así como la evolución de los diferentes recursos digitales para determinar la modificación del presente decálogo.
Para apoyar la introducción de las redes sociales en el centro sería importante el desarrollo del modelo BYOD (Bring your Own Device), o trae tu propio dispositivo. Respecto a la implantación de este modelo es muy interesante que leas el artículo que Juanmi Muñoz presenta en su blog tiching: el blog de educación y TIC. Me quedo con la siguiente frase: ¿dejamos de prohibir los móviles en el aula y los convertimos en herramientas de aprendizaje? o ¿por qué no dejamos que los alumnos y alumnas utilicen sus propios dispositivos? y en los casos en los que no disponga de ellos, el propio centro puede tener una batería de ellos a disposición de los que lo necesiten, ayudando así a romper la brecha digital por causas económicas.

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